EXPERTOS EN DERECHO DE MÉRITO:
DERECHO DINÁSTICO, DERECHO NOBILIARIO, DERECHO PREMIAL,
Y
DERECHO GENEALÓGICO

González Blanco Abogados, puede prestarle servicios legales en el ámbito del derecho de mérito, derecho nobiliario y derecho premial,   quedamos a su entera disposición agradeciendo su confianza por visitar nuestra página.

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CARTA PRESENTACIÓN

Este despacho -denominado en la actualidad GONZALEZ BLANCO ABOGADOS– fue fundado en 1985, pero tiene por antecedentes la profesionalidad de una saga familiar eminentemente jurídica que arranca en el siglo XVIII con abogados en los Reales Consejos de Su Majestad, luego Tribunal Supremo, en el Banco de España, Profesores de Universidad y Secretarios Judiciales, decorados con la Cruz Distinguida de San Raimundo de Peñafort y con la Encomienda y Cruz de Caballero de la Orden de Cisneros. Así Doctores, Licenciados y Grados en Derecho han ejercido y ejercen en la actualidad, habiendo estimado ofrecer también sus servicios en una de las más singulares y desconocidas de las ramas del Derecho, el Derecho Dinástico, Público y Privado, de las Imperiales y Reales Casas, y el Derecho Nobiliario, también Público y Privado, en el que esperamos también poder prestar un eficaz servicio.

El Derecho Nobiliario, que también llamamos Derecho de Mérito, es el que define, establece y regula los procedimientos y la concesión de un reconocimiento público justificado en la realización de una acción destacada de esfuerzo personal, profesional o académico cuando se presta un servicio público o cuando se genera un beneficio para el Reino de España o para sus ciudadanos, aumentando el prestigio y reconocimiento de ambos. Estas acciones enaltecen las cualidades personales y hacen eminente a quien las practica, bien sea una actividad humanitaria, un sacrificio por la comunidad, una acción heroica en tiempo de paz o de guerra, el ejercicio de la bondad en las costumbres, la desinteresada labor solidaria con terceros, o la excelencia académica o científica; y en general, por cualquier hecho notable que pueda beneficiar a la comunidad o a la Corona. A esta cualidad de las personas, como concepto jurídico, se la denomina mérito y se reconoce otorgando una calidad, la nobleza. La adquisición de la calidad de noble no conlleva facultad, privilegio o derecho especial alguno, salvo un determinado tratamiento protocolario siendo parte del nombre, y de la personalidad de quien la recibe. En todo caso su poseedor está obligado a un deber social de ejemplaridad adquiriendo deberes, obligaciones e incompatibilidades de una especial naturaleza que antes no tenía. El mérito se reconoce otorgando dos tipos de nobleza, los honores y las distinciones, siempre en nombre o por Su Majestad el Rey, que en algunos casos los crea y concede libremente como acto privativo conforme a lo constitucionalmente dispuesto.

Así, un honor constitucional, llamado decoración o condecoración y muchas veces denominados Órdenes, es aquel concedido, a las personas con carácter vitalicio. Unas veces tiene carácter civil, militar o académico, regulado  por las distintas administraciones públicas  del Reino de España, otorgado muchas veces en nombre  o representación de de Su Majestad el Rey, y otras los resuelve directamente Su Real Persona, son los honores dinásticos. En todos los supuestos son actos reglados y sometidos a la Ley, tal y como establece la Constitución en el artículo 62.f, concediéndose con algunos honores la calidad de la nobleza. 

Y es una distinción constitucional, llamadas merced, dignidad o título, es aquella creada y concedida por Su Majestad el Rey conforme a un procedimiento reglado que se otorga a las personas con carácter hereditario, conforme a unas normas de sucesión, siendo su creación y concesión actos jurídicos dinásticos de libre disposición del Monarca, si bien sometidos a la Ley, tal y como establece la Constitución en el ya citado artículo 62.f. Las distinciones son perpetuas, y transmisibles de acuerdo con las normas a tal fin establecidas en las legislación aplicable y en su Real Carta de Creación o Real Carta de primera Concesión, que pueden ser actos jurídicos distintos. 

Con todo ello, quedamos a su disposición para cuanto requiera.

Atentamente,

Rodolfo-Francisco Orantos y Martín-Requejo

SERVICIOS

Derecho Dinástico, Nobiliario, Premial, y Genealógico.

Gestión y representación de Derechos Dinásticos, tramitación de títulos nobiliarios: sucesión, rehabilitación, cesión, distribución, y pleitos de mejor derecho.

Genealogía y heráldica con todos sus trabajos añadidos: toma de datos e investigación, registro civil, archivo de indias, archivos de embarque, archivos eclesiásticos, archivos militares, cancillerías de la península y de América.

Expedientes de ingreso en corporaciones nobiliarias, órdenes ecuestres, fundaciones y asociaciones con protocolo caballeresco y congregaciones religiosas que proceden de antiguas órdenes ecuestres.

Informes relativos a la tramitación de decoraciones civiles, dinásticas, de estado, autonómicas o locales; militares y eclesiásticas.

Cambio, composición y modificación de nombres y apellidos en el ámbito civil y canónico.

Asesoramiento respecto a las falsas órdenes y órdenes de fantasía.

Tramitación de la nacionalidad española, procedimientos ordinarios y mediante carta de naturaleza.

Estudio de veracidad y autenticidad de Fons Honorum. Posesión civilísima y prescripción.

Adquisición de derechos raíces vinculados a honores nobiliarios en el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Nobleza vitalicia y nobleza hereditaria del Reino. Nobleza Imperial y de los Reinos que fueron y son de la Unión Europea, también el Império do Brasil.

Nobleza académica, universitaria, profesional, religiosa, civil o militar.

Mediación civil en el ámbito del Derecho Dinástico, Nobiliario, Premial, y Genealógico.

Reseña

ELISA GONZÁLEZ BLANCO

FORMACIÓN:

  • Licenciada en Derecho por la Universidad de Extremadura, Facultad de Derecho.
  • Posgrado en Tulane University, de Nueva Orleans.
  • Cuenta con una certificación acreditada de Thomsom-Reuters-ARANZADI en Derecho de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación. 

TRAYECTORIA:

  • Letrada ejerciente ininterrumpidamente desde su colegiación en el Ilustre Colegio de Abogados de Cáceres.
  • Ha pertenecido a la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Cáceres.
  • Asesora jurídica de diversos Colegios Profesionales.
  • Está especializada en los procedimientos relacionados con la capacidad de las personas; responsabilidad patrimonial de la administración, negligencias médicas, arrendamientos y derecho de familia.
  • Mediadora Civil y Mercantil de la Cámara Europea de Mediación Internacional. Instituto de Mediación registrado en el Ministerio de Justicia, vinculado al Despacho.1
1 Abogada en ejercicio desde diciembre de 1993.

RODOLFO-FRANCISCO
ORANTOS Y MARTÍN-REQUEJO

FORMACIÓN:

  • Doctor por la Universidad de Extremadura, Facultad de Derecho. Programa de doctorado de Derecho Público. Premio Extraordinario de doctorado. Tesis: «Un papel para la Monarquía en la Unión Europea.
  • Máster Oficial Universitario en Ciencias Sociales y Jurídicas por la Universidad de Extremadura, Facultad de Empresa. Primer Premio de Trabajo Fin de Máster. Trabajo: «La necesario regulación de la actividad empresarial y mercantil de la Real Familia de España».
  • Máster Universitario en Derecho Nobiliario y Premial, Heráldica y Genealogía, por la UNED. Facultad de Derecho. Trabajo: «La revisión del Derecho de Mérito para su puesta en mejor valor Cívico-Constitucional. Publicado por Thomsom-Reuters-ARANZADI. 
  • Grado Arquitecto Técnico, Ingeniería de Edificación por la Universidad Alfonso X el Sabio, Escuela Polítécnica Superior.
  • Diplomado en Economía y Dirección de Empresa por la Universidad de Navarra, Instituto de Estudios Superiores de Empresa, IESE.

TRAYECTORIA:

  • Accademico Ordinario dell`Accademia Tiberina Già Pontificia. Roma. 
  • Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España. Madrid.
  • Cofrade Numerario de la Cofradía de Investigadores. Toledo.
  • Académico Correspondiente de la Academia Belga-Española de la Historia. Bruselas.
  • Academico ad Honorem de la Institución Cientifica y de Investigación Carlomagno. Málaga. 
  • Socio de Número de la Asociación Riojana de Genealogía y Heraldica. Logroño. 
  • Miembro del Cabildo de Pedro I, el Justiciero. Sevilla.
  • Ha sido Profesor Asociado de la Universidad Católica Santa Teresa de Jesús, de Ávila. Derecho Dinástico, público y privado, y Derecho Nobiliario, público y privado.
  • Es Profesor Doctor de la Sociedad de Estudios Internacionales, antecedente de la Escuela Diplomática, fundada en 1934.
  • Es Mediador Civil y Mercantil. Cámara Europea de Mediación Internacional. Responsable de este Instituto de Mediación inscrito en el Ministerio de Justicia y vinculado al Despacho. 2 
2 No es Abogado, es Asesor Nobiliario, no retribuido.

CONTACTO

La sede principal de este Despacho se ubica en Cáceres, pero prestamos nuestros servicios profesionales en todo el ámbito nacional, manteniendo colaboraciones con otros Despachos Profesionales de Salamanca y Madrid.

Gil Cordero, 4 • 10001 Cáceres

Lunes a Viernes9:00h a 14:30h y de 17:30h a 20:30h